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Somos Agentes tramitadores.

 

Las Comunidades de Propietarios tienen especial afección en cuanto a la LOPD dispone sobre protección de datos.

 

Cualquier mal uso de los mismos y vulneración de derechos de los propietarios, podrá acarrear sanciones a la Comunidad y Administrador en su caso, siendo el índice de inci-dentes altos, al tratar los asuntos relacionados en cuanto a vecinos deudores (listados de morosos en tablones de anuncios, etc).

 

La figura del Administrador-Secretario al respecto en la LOPD, es la de "tramitador y custodio de datos", siendo la Comunidad la de "reponsable".

 

Para debido cumplimiento de cuanto dispone la LOPD, se deberá incribir la Comunidad en el Registro de la Agencia de Protección de Datos y realizar un documento de Segu-ridad con el correspondiente mantenimiento y revisiones periódicas cuando exitan modi-ficaciones.

 

De no existir modificaciones en cuanto a las disposiciones en materia de seguridad y protección de datos o modificaciones en los elementos del edificio (accesos, seguridad, etc), NO deberían realizarse revisiones y por tanto NO debería permitir que realizaran el correspondiente cargo a su Comunidad.

HTV DATOS

ADAPTACIÓN A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS (LOPD)

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